Con la publicación del Real Decreto 235/2013, de 5 abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios se deroga el Real Decreto 47/2007, haciendo necesario la modificación del Decreto 136/2009 para adaptarlo a las nuevas exigencias establecidas para edificios existentes.
En tanto no se concluya la nueva base reguladora autonómica que modifique o sustituya al Decreto 136/2009, y por un principio de seguridad jurídica a fin de dar garantía por la Administración sobre derechos de los ciudadanos en lo que a la certificación de la eficiencia energética de los edificios y su registro se refiere, la Dirección General de Incentivos Agroindustriales y Energía, como órgano competente en la materia, en aplicación del Real Decreto 235/2013, mantiene abierto el Registro de Eficiencia Energética de Edificios.
Las solicitudes para la inscripción de los certificados de eficiencia energética irán dirigidas a la Dirección General de Incentivos Agroindustriales y Energía, como órgano competente para resolver, pudiendo ser presentadas en cualquiera de los Registros de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en las Oficinas de Respuesta Personalizada (ORP), en los Centros de Atención Administrativa (CAD), o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992."
NUEVO Circular de la Dirección General de Incentivos Agroindustriales y Energía
Trámite de inscripción (Actualizado a 14/06/2013)
Modelo 50 (código: 12050-4; importe: 22,45 €)
NUEVO Delegación para la tramitación administrativa de inscripción
Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios
Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios
NUEVO Información y preguntas frecuentes (Abril 2013)
NUEVO Respuestas a preguntas frecuentes (Julio 2013)