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4 sept 2013

MUÉVETE EN EXTREMADURA

Entre las líneas principales de actuación se encuentra el desarrollo de programas de ahorro y eficiencia energética en el sector transporte, por ser el sector más consumidor de energía en España. En este contexto se desarrolla este proyecto, con el objetivo de impulsar la mayor participación de los medios colectivos en el sector transporte, fomentando un conjunto de actuaciones para conseguir desplazamientos más sostenibles (a pie, en bicicletas y transporte público), fomentando los modos de transporte no motorizados, dándoles relevancia en la movilidad urbana e incrementando las oportunidades para el peatón y la bicicleta como modos de transporte alternativo con consecuencias muy positivas sobre la salud pública, la economía doméstica y el medio ambiente.

Los hoteleros podrán solicitar ayudas a proyectos de rehabilitación energética

Los propietarios de establecimientos hoteleros podrán presentar, a partir del lunes y hasta diciembre de 2014, los proyectos de rehabilitación energética de sus instalaciones, que les darán derecho a percibir ayudas del Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente a cambio de que se comprometan a reducir sus consumos energéticos y emisiones contaminantes durante al menos quince años. 

Las ayudas están recogidas en el Plan de Impulso al Medio Ambiente PIMA SOL, que el Consejo de Ministros aprobó el pasado 2 de agosto en un real decreto que se publica este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), por lo que entrará en vigor mañana. 

En total, el proyecto contempla una inversión de más de 400 millones de euros, la mitad de los cuales serán financiados por el Banco Europeo de Inversiones (BEI) mediante una línea de crédito a la que ya se ha sumado el Banco Santander. Por su parte, el Ministerio de Agricultura destinará 5,21 millones de euros para comprar las reducciones de emisiones de CO2 que se deriven de estas renovaciones, con una media de 10.420 euros por establecimiento. 

El Gobierno calcula que se acogerán a la medida más de 500 hoteles, y que las medidas de renovación posibilitarán la creación de unos 8.000 puestos de trabajo, además del mantenimiento de empleos autónomos, de pymes y de empresas energéticas y de construcción. 

 COMPRA DE EMISIONES A FUTURO 

Según el real decreto, consultado por Europa Press, el plan PIMA SOL permitirá que el Fondo de Carbono para una Economía Sostenible pueda adquirir como créditos futuros de carbono las reducciones de emisiones en alojamientos turísticos que se consigan como consecuencia de rehabilitación, siempre que conlleven una mejora energética de dos letras o, al menos, alcanzar una letra B en la certificación. Con ello se espera que las emisiones de CO2 se reduzcan entre un 40% y un 70%, y que también se minimicen otras emisiones como las de partículas u óxidos de nitrógeno (NOx). 

El Fondo pagará 7 euros por la reducción de cada tonelada de CO2 proveniente del consumo de combustibles fósiles (no de energía eléctrica), y siempre que el titular del establecimiento se comprometa a mantener o mejorar las condiciones energéticas y de emisiones durante al menos quince años. De no cumplirse este requisito, estará obligado a devolver las ayudas. 

Las reducciones se calcularán en función de los consumos y la certificación iniciales y los resultados posteriores a la ejecución de las obras. Del cómputo se excluirán las reducciones de carbono exigidas por otra normativa sectorial ni de instalaciones sujetas al régimen de comercio de derecho de emisión. 

En los proyectos se podrán incluir obras de mejora de aislamientos de fachadas, cubiertas y ventanas; la renovación de los sistemas de monitorización y gestión de los servicios de los establecimientos; o la generación de energía renovable para autoconsumos para agua caliente sanitaria y climatización, así como otras mejoras en la gestión del agua y de los residuos. 

 SOLICITUDES 

Los interesados en acogerse a este plan podrán presentar, a partir del lunes y hasta el 1 de diciembre de 2014, una propuesta de inversión incluyendo la certificación energética y los consumos del edificio, así como un documento de definición de la inversión que pretende acometer en la rehabilitación con las medidas de ahorro y eficiencia planteadas y acompañadas de información técnica. 

También deberá precisar qué mejoras espera conseguir y la fecha estimada de finalización de las obras, que en ningún caso podrá ser posterior al 31 de diciembre de 2016. Cuando concluyan los trabajos, el titular del establecimiento deberá comunicar y acreditar las obras, para su posterior verificación. 

Los solicitantes deberán acompañar la solicitud de una declaración responsable de no superación durante el ejercicio fiscal en curso y los dos anteriores de los topes de ayudas con carácter de minimis concedidas o solicitadas previstas en el reglamento europeo correspondiente. 

La Oficina Española de Cambio Climático (OECC) evaluará la documentación y emitirá su resolución en un plazo máximo de dos meses. En caso de superarse ese tiempo sin notificación se entenderá que se ha desestimado la solicitud. 

 COMISIÓN DE SEGUIMIENTO 

El Gobierno ha incluido además en el real decreto la creación de una Comisión de Evaluación del Plan PIMA SOL, adscrita a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, para hacer el seguimiento de la ejecución del proyecto. Este órgano estará presidido por el director general de la OECC y serán vocales dos personas a instancias del Ministerio de Agricultura y otras dos propuestas por el Ministerio de Industria. 

Según el Ejecutivo, el 80% de la planta hotelera española tiene más de 20 años, por lo que éste es el "momento oportuno para estimular su rehabilitación, incluyendo como aspecto fundamental la mejora de su eficiencia energética y la reducción de sus emisiones".
por Europapress el 01/09/2013 a las 03:16 horas

26 ago 2013

REGISTRO DE CERTIFICADOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EXTREMADURA

  "En la Comunidad Autónoma de Extremadura la regulación de la certificación de eficiencia energética de edificios esta recogida en el Decreto 136/2009, de 12 de junio, publicado en el DOE de 18 de junio. Este Decreto desarrolla lo establecido en el Real Decreto 47/2007 de 19 de enero, por el que se aprueba el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción, fundamentalmente en lo que se refiere al Registro de Eficiencia Energética de Edificios, tanto en la fase de proyecto como de edificio terminado, así como el procedimiento para la inscripción del certificado correspondiente en dicho Registro y de los agentes autorizados para el control externo.
     Con la publicación del Real Decreto 235/2013, de 5 abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios se deroga el Real Decreto 47/2007, haciendo necesario la modificación del Decreto 136/2009 para adaptarlo a las nuevas exigencias establecidas para edificios existentes.
     En tanto no se concluya la nueva base reguladora autonómica que modifique o sustituya al Decreto 136/2009, y por un principio de seguridad jurídica a fin de dar garantía por la Administración sobre derechos de los ciudadanos en lo que a la certificación de la eficiencia energética de los edificios y su registro se refiere, la Dirección General de Incentivos Agroindustriales y Energía, como órgano competente en la materia, en aplicación del Real Decreto 235/2013, mantiene abierto el Registro de Eficiencia Energética de Edificios.
     Las solicitudes para la inscripción de los certificados de eficiencia energética  irán dirigidas a la Dirección General de Incentivos Agroindustriales y Energía, como órgano competente para resolver, pudiendo ser presentadas en cualquiera de los Registros de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en las Oficinas de Respuesta Personalizada (ORP), en los Centros de Atención Administrativa (CAD), o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992."

     NUEVO  Circular de la Dirección General de Incentivos Agroindustriales y Energía
Trámite de inscripción  (Actualizado a 14/06/2013)
Modelo 50 (código: 12050-4; importe: 22,45 €)
NUEVO  Información y preguntas frecuentes (Abril 2013)
NUEVO  Respuestas a preguntas frecuentes  (Julio 2013)

8 ago 2013

Aprobado el Plan de Rehabilitación y Vivienda de Extremadura 2013-2016 y las bases reguladoras de las subvenciones autonómicas en esta materia.

Los objetivos son mejorar la conservación, accesibilidad y habitabilidad de las viviendas existentes, integrando en estas obras siempre el factor de la eficiencia y ahorro energéticos como elemento transversal y orientado a cumplir con los objetivos de reducción de las emisiones de carbono que nos afectan como país comprometido con el desarrollo sostenible; así como promover el alquiler como opción rápida, segura y estable en el acceso a la vivienda para aquellas familias que no optan por la adquisición o no pueden conseguir financiación para la compra de la vivienda.


Para lograr estos objetivos se pondrá a disposición un volumen de fondos públicos importante que se irán consignando en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma durante los años de vigencia del Plan y que se destinarán a los programas de ayudas que seguidamente se describen. También se destinarán, en parte, a cerrar de forma ordenada y posible los compromisos de planes anteriores.

El documento contempla varios programas de ayudas:

1. Programa de vivienda protegida autopromovida. Única ayuda que se mantiene para fomentar la nueva construcción; aunque a diferencia de planes anteriores se destina a aquellas poblaciones de menos de 10.000 habitantes, por ser estas las únicas en que existe demanda contrastada y real de viviendas. 

2. Programa de adquisición de viviendas protegidas terminadas. Con el que se pretende no solo tratar de ayudar al que pretende adquirir una vivienda protegida, sino también de contribuir a la reducción del stock de viviendas protegidas.

3. Programa de la rehabilitación de viviendas. Viene a completar el programa estatal previsto, al tratarse de uno de sus pilares básicos. Este programa se ocupará de la vivienda unifamiliar aislada y de la vivienda en bloque, pues del edificio se ocupará el Plan estatal.

4. Programa de financiación de actuaciones de rehabilitación con cédula de calificación definitiva. Acoge actuaciones en materia de rehabilitación que han sido calificadas definitivamente como protegidas conforme al Plan Autonómico anterior, pero que, debido al volumen
y cuantía de las mismas, no existe crédito suficiente en el presupuesto autonómico para subvencionar todas ellas en las cuantías previstas en los planes anteriores.

5. Programa de renovación de la cédula de habitabilidad de viviendas. Esta novedosa ayuda tiene por objeto contribuir a cumplir con la obligación de renovación de la cédula de habitabilidad exigida por la Ley 3/2001, de 26 de abril, de la Calidad, Promoción y Acceso a la Vivienda de Extremadura.

6. Programa de fomento del informe de evaluación de los edificios. Al igual que en otros programas, viene a cubrir a aquellos edificios o viviendas unifamiliares, que no alcanza el programa establecido a tal efecto por el plan estatal, y que, sin embargo, suponen un volumen elevado de los edificios que radican en Extremadura.

7. Programa de fomento del alquiler de viviendas. Segundo pilar básico de las ayudas previstas en el plan, cuya finalidad y objetivos ya se han expuesto anteriormente.

8. Programa de regeneración y renovación urbana. Refuerza las ayudas que se contemplen del estado en las áreas de renovación urbana que se declaren en nuestra Comunidad Autónoma, contribuyendo a la adquisición de las nuevas viviendas que se construyan en dichas áreas.